sábado, 13 de noviembre de 2010

Enhorabuena Señor Roson, ¡¡ tiene usted mas cojones que el caballo de Espartero !!

Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A.

 

Interpuse una reclamación cuando, regresando del Stand de Finanzas del Centro Comercial Carrefour al que me había acercado para hacer un ingreso para ir amortizando la deuda…, mi madre me comentó lo que no me había comentado hasta ese momento, es decir, las llamadas telefónicas amenazantes, humillantes, insultantes… 
Reclamación a los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A., el 16 de noviembre de 2009:
A/A DE SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, E.F.C., S.A.:
El Sr. D. Julio Fco. Rosón Lorente, con N.I.F. Nº XXXXXXXX-X, puesto en conocimiento de los procedimientos que en anteriores fechas han utilizado para que afrontase la deuda contraída con ustedes, expone:
1º. Dada la situación personal que atravesaba concerniente a su salud, desconocía que se hubieran puesto en contacto con sus familiares en el Nº de Teléfono 958 XXX XXX.

2º. El titular de la línea no es el Sr. D. Julio Fco. Rosón Lorente, sino D. [...] Rosón [...], es decir, su padre.

3º. Igualmente, desconocía el trato recibido por sus familiares (por su padre y por su madre) procedente del Departamento de Recobro o, en su defecto, por el Departamento que correspondiese.

4º. El trato recibido por sus padres, ya mayores de edad, fue coercitivo y amedrentador.

5º. Como consecuencia del mismo, realizaron un pago a los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A., pago del que el Sr. Rosón no tuvo ni ha tenido conocimiento hasta el día de ayer, 15 de noviembre de 2009.

6º. El Sr. Rosón se ha mostrado dispuesto a satisfacer la deuda contraída con ustedes en todo momento, solicitando una refinanciación para poder afrontar las mensualidades, ya que en estos momentos depende de los ingresos de I.N.S.S.; asimismo, pone en conocimiento de los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. que no posee ningún bien susceptible de ser embargado.

7º. El Departamento de Recobro o el Departamento «equis» que tan miserable, bellaca y canallescamente procedió con respecto a los padres del Sr. Rosón no agota los posibles descalificativos despectivos imaginables que merece; la persona en cuestión que se condujo tan vilmente, menos aún.

8º. Concurre la circunstancia de que la información facilitada a los padres del Sr. Rosón vulnera flagrantemente la Ley de protección de datos, L.O.P.D., Real Decreto 1720/2007.

9º. Con premeditación y alevosía, los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. se han servido ilícitamente de medidas coercitivas que han causado daños morales graves no sólo al Sr. Rosón, sino también a sus padres.
10º. Confrontando el proceder amistoso del Sr. Rosón para afrontar la deuda contraída con los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. y el talante con el que se ha conducido la citada Entidad, el Sr. Rosón comunica a los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A., que el conocimiento que ahora tiene de los hechos relatados anteriormente, deviene en un sustancial cambio de posición.

11º. Pueden proceder, si lo desean, a informar al instante al Departamento de Impagados. El Nº de Contrato a 14 de marzo de 2009 era el 500 169 445 201 01.

12º. El teléfono de contacto del Sr. Rosón es el XXX XXX XXX; pueden a proceder a eliminar cualquier otro teléfono, pues el Sr. Rosón es el titular exclusivamente del teléfono facilitado.

13º. El Sr. Rosón declara rotas y agotadas todas las posibilidades amistosas para el cobro de sus mensualidades, a menos que estudien una fórmula alternativa que satisfaga al Sr. Rosón. En ese caso y sólo en ese caso, formúlenlas por escrito y envíenlas al siguiente domicilio:
Sr. D. Julio Fco. Rosón Lorente. C/ XXXXXXXX 18003 – GRANADA
 Una vez recibidas, el Sr. Rosón y su abogado, las estudiarán y les enviarán la respuesta conveniente.

14º. Queda desestimado, pues, cualquier otro tipo de acuerdo que no venga formulado por escrito y no sea remitido a la citada dirección para su revisión y estudio.

15º. El Sr. Rosón quiere manifestar, por último, que no abandona totalmente la vía de un acuerdo amistoso una vez, repito, una vez estudiada la redacción de una nueva propuesta por parte los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. y del Departamento de Impagados, pero que esto no supone en ningún caso que descarte el derecho que le asiste de actuar por vía judicial contra los mismos por los hechos relatados anteriormente al amparo de la L.O.P.D., Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. 
Granada, 16 de noviembre de 2009
♦ ♦ ♦
Carta enviada el 17 de noviembre de 2009 por el Responsable de Post-Venta A. MANZANO:
Madrid, 26 de Noviembre de 2009
Estimado Sr. Rosón:
Acusamos recibo de la documentación enviada por vd. y recibida en este departamento de Atención al Cliente con fecha de hoy.
En relación a la misma le comunicamos que, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Funcionamiento para la Defensa del Cliente de esta Entidad, según prevé la Orden ECO 734/2004, procedemos a su tramitación, y en el plazo máximo de 20 días naturales recibirá la correspondiente respuesta.
Asimismo, le informamos que, caso de no recibir respuesta en el expresado plazo, podrá acudir indistintamente al Defensor del Cliente (Dña. Blanca García Lasarte, C/ Velazquez 64-66, Planta 2o, 28001 Madrid) o al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios del Banco de España, C/ Alcalá 48, 28014 Madrid).



Carta enviada el 26 de noviembre de 2009 por el Responsable de Post-Venta A. MANZANO [Los textos en color rojo y en color negro y subrayados, son comentarios míos]:



Madrid, 26 de Noviembre de 2009
Estimado Sr. Rosón:
Como continuación a la carta enviada con fecha 17 de Noviembre de 2009, en contestación a la reclamación realizada por Vd. le manifestamos lo siguiente.
En primer lugar queda patente su disconformidad con el trato recibido por los empleados de la empresa encargada de realizar las gestiones de cobro de esta Compañía.
Permítanos comunicarle nuestras más sinceras disculpas si en algún momento, y como consecuencia de la actuación de esta Entidad y de los empleados de la misma, Vd. ha podido sentirse molesto ya que no son estos los efectos del trato habitual de esta Compañía para con sus clientes, confirmándole que hemos facilitado su escrito al responsable de dicha área, para que conozcan las incidencias y tomen medidas para mejorar la calidad en el servicio. [Mi comentario: Mentira, mentira, mentira. ¡Hipócritas!]
Adicionalmente, le informamos que hemos procedido a eliminar el número de teléfono objeto de controversia para evitar en un futuro nuevos incidentes. [Mi comentario: Mentira, mentira, mentira. ¡Hipócrita! ¡Habéis vuelto a llamar, mentirosos e hipócritas!]
Con relación a la solicitud de refmanciar la deuda pendiente con nuestra Entidad, queremos confirmarle que dicha refinanciación se llevo a término el pasado mes de Marzo de 2009, suscribiendo el Préstamo Personal, con número de referencia 500 169 445 201 12, pagadero en 72 mensualidades, siéndo este Préstamo el origen de la deuda reclamada actualmente.
Por lo anteriormente expuesto ya fué [se escribe sin tilde, melón] atendida su solicitud de facilitar el cobro de la deuda adquirida, y aceptada por ambas partes, por lo que entendemos han sido atendidas todas sus pretensiones.
Es una máxima en nuestra empresa, la calidad y profesionalidad en el servicio a nuestros clientes, por lo que agradecemos su colaboración al enviar por escrito su reclamación y esperamos con este escrito haber contestado en tiempo y forma a su solicitud, [Mi comentario: Mentira, mentira, mentira. ¡Hipócrita!]
Qu[e]damos a su disposición en el teléfono de Atención al Cliente 902 21 21 01, atentamente.
 

Para ampliar las cartas enviadas por los Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A., firmadas por el Sr. A. Manzano, haga clic sobre las mismas:


Mi respuesta a la última carta del Sr. Manzano:
Sr. Manzano:
En respuesta a su carta de 26 de noviembre de 2009 (continuación de su carta de 17 de noviembre de 2009), permítame comentarle:

1º Que quede patente mi «disconformidad con el trato recibido por los empleados de la empresa encargada de realizar las gestiones de cobro» de su Compañía, añadiendo posteriormente «que no son estos los efectos del trato habitual de esta Compañía para con sus clientes», es, con mucho y de largo, una mentira que se desborda por los cuatro costados; a quien miente se le suele llamar mentiroso.
En primer lugar, porque lo he vivido en carne propia; en segundo lugar, porque mis padres lo han vivido en carne propia; en tercer lugar, porque en el stand de Finanzas y Seguros Carrefour, el empleado de su Compañía me comentó que, habitualmente, «sus» clientes desataban su ira sobre él, llevados por «los efectos del trato habitual de esta Compañía para con sus clientes», efectos del trato que aparentemente vienen causados «por los empleados de la empresa encargada de realizar las gestiones de cobro» de su Compañía (lo que no sé cómo carajo le legitima para erigirse en portavoz de «nuestras más sinceras disculpas» siendo otra (se deduce de sus palabras) la «empresa encargada de»…
Dicho esto, yo me paso sus «más sinceras disculpas» por el forro de las entretelas, y se las devuelvo para que se las meta por donde amargan los pepinos, lo que supongo que se la traerá al pairo.

2º En la carta que envié a los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A., me refería al trato que ha motivado esta carta y que ahora no voy a exponer exhaustivamente; pero no sólo al trato, sino a las acciones de «los empleados de la empresa encargada de realizar las gestiones de cobro» de su Compañía.
La suscripción del «Préstamo Personal, con número de referencia 500 169 445 201 12, pagadero en 72 mensualidades, siéndo este Préstamo el origen de la deuda reclamada actualmente», no se puede separar de la deuda anterior motivo de la suscripción del «Préstamo Personal, con número de referencia 500 169 445 201 12… …origen de la deuda reclamada actualmente». Este divorcio mental al que parece llevarme no se sostiene siguiendo una lógica causa-efecto. Por ahí no paso.
Las acciones a las que hacía referencia anteriormente (aparte del trato), acciones que parece haber olvidado: como expuse en mi carta de 16 de noviembre de 2009, ponía en conocimiento de los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A., que, con premeditación y alevosía, se habían servido ilícitamente de medidas coercitivas para cobrar cierta cantidad adeudada (que pagaron mis padres y) de la que no tuve conocimiento hasta el día 15 de noviembre de 2009, acciones que infringían la Ley de protección de datos, L.O.P.D., Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Usted qué piensa, Sr. Manzano, ¿que se lo comentaba a título informativo, así no más de pasada como quien dice? No, Sr. Manzano, aquí debe rodar… ¿quizá alguna manzana? Entiende mal si se limita a que «atendida su solicitud de facilitar el cobro de la deuda adquirida, y aceptada por ambas partes…» si por ello entiende que «…entendemos han sido atendidas todas sus pretensiones».

3º «¿Quedamos a su disposición en el teléfono de Atención al Cliente 902 21 21 01?» ¿Va a pagar la factura del teléfono Usted, Sr. Manzano, para que las palabras se las lleve el viento? Ya le dije en mi anterior carta, Sr. Manzano, que las comunicaciones con los Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. pasaban de las palabras a las letras; o sea, por escrito, negro sobre blanco (o en colores, no soy maniático).

4º Las condiciones económicas, en concreto, los ingresos que percibía cuando formalicé la refinanciación o suscripción del «Préstamo Personal, con número de referencia 500 169 445 201 12, pagadero en 72 mensualidades», no son las mismas (no son los mismos) que ahora percibo. Es por eso, (no creo que esto se pueda considerar falta de voluntad por mi parte para saldar la deuda contraída), que solicité que estudiasen una propuesta alternativa para afrontarla. Si ustedes entienden que han sido atendidas todas mis pretensiones…, allá ustedes. Y evidentemente, menos aún cuando tuve conocimiento de cómo se las gastaban los empleados de no se qué empresa (¡mira que es perversa esa empresa…!) «encargada de realizar las gestiones de cobro de esta Compañía». Por mi parte, los comprendo: como ser humano que soy, en ocasiones nace de mi interior un no sé qué, un celo profesional desmesurado podría decirse, que me hace ser un hijo de puta con toda la cuerda dada, ¡y sin cobrar!

5º Eliminado «el número de teléfono objeto de controversia para evitar en un futuro nuevos incidentes»…, sólo cabe recordar que los incidentes pasados no se han borrado borrando el número de teléfono objeto de controversia, como si el objeto de controversia fuese el número de teléfono y no el (mayormente la) sujeto (sujeta) que con desconocimiento de la empresa, desplegaba con admirable celo profesional y ahínco, cuantas artes tenía a su mano al amparo de que, al otro lado de la línea, el anonimato, no menos que la distancia, salvaguardaba su cuello. Se agradece que no haya futuros incidentes habiendo borrado el número del objeto llamado teléfono, pero queda pendiente borrar los pasados incidentes borrando el número de los/las sujetos/etas de aquella parte del hilo telefónico. Sr. Manzano…, no nos equivoquemos de controversia.

6º Evidentemente, satisfacer los perjuicios, vejaciones, daños morales, violación de la privacidad…, son causa de delación y queda en sus manos repararlas (de momento); en principio, ¿qué tal la retrocesión de todos los intereses desde la primera amortización de deuda por impago desde que se les ocurrió a los empleados de la equis empresa (ocurrentes ellas, ocurrentes ellos) saltarse a la torera la Ley de protección de datos, L.O.P.D., Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, incluyendo los que se han generado y lo que te rondaré, morena, mientras dura este tira y afloja?

7º ¿Quieren seguir llamando? Háganlo. ¿Quieren que yo les llame? Esperen sentados. ¿Quieren un acuerdo amistoso? Perfecto, pero no olviden el verdadero objeto de la controversia… En caso contrario, abrevien los pasos, que ya va siendo hora de que nos conozcamos en el Juzgado que por turno corresponda. 
Granada, 10 de diciembre de 2009



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